PROTOCOLO DE LIMITACIONES

Desde el pasado mes de julio, Airbus dispone de un protocolo que recoge el procedimiento, en los casos de limitaciones por parte del trabajador, para determinar las medidas a adoptar en el puesto de trabajo, cambio de puesto o compensación por fin de la relación laboral.
La vigencia de dicho acuerdo se inicia con su firma y se extiende durante la vigencia del presente convenio. Sin embargo, los compañeros afectados por una incapacidad durante el tiempo comprendido entre el fin de la vigencia del VI Convenio Colectivo (diciembre de 2023) y el inicio del nuevo acuerdo, quedan excluidos. Aunque la empresa se reserva el “compromiso” de revisar estos casos, la realidad es que de una forma arbitraria se está excluyendo a un grupo de trabajadores de esta empresa. Desde
ÚTIL no podemos estar de acuerdo con esto.
La actualización de la norma viene dada por el cambio en la legislación (Ley 2/2025) por lo que ya no existe una extinción automática de la relación laboral por incapacidad permanente total o absoluta. La ley obliga a la empresa a valorar ajustes razonables antes de cesar al trabajador y éste dispondrá de 10 días naturales desde la notificación de la incapacidad para comunicar su voluntad de continuar en la empresa.

Recuerda: Un protocolo que no deje fuera a nadie es ÚTIL.