EL COMPLEMENTO IT A SALVO… POR AHORA.

Tenemos una noticia muy positiva. Esta semana se ha hecho pública la sentencia de la Audiencia Nacional en referencia a la impugnación del método recogido en el VII Convenio Colectivo para combatir el absentismo. Éste era, como ya comentamos en anteriores comunicados, ni más ni menos que la eliminación del complemento IT durante los periodos de baja para aquellos que según la metodología Bradford tuvieran un número «inadecuado» de bajas por IT.
El fallo de la Audiencia Nacional es el siguiente:
1.- Declaramos nulo el párrafo 5 del art. 27 atinente a la consideración de absentismo la enfermedad o el accidente, a efectos de reducir la cuantía del complemento de IT si el mismo se incrementa respecto al año anterior.
2.- Declaramos nulas las previsiones contenidas apartado 3 del art. 57, que consideran como factores a analizar en relación con el absentismo: las faltas (suspensión de empleo y sueldo) y la incapacidad temporal.
Esto supone un cambio total que permitirá a los trabajadores no ser discriminados ni castigados por sus problemas de salud, y ya de paso por los períodos de suspensión de empleo y sueldo que la empresa pudiera haber impuesto, bajo el pretexto del absentismo.
Nuestra más sincera enhorabuena a los sindicatos demandantes: SIPA y UGT, quienes mediante su trabajo y cooperación han logrado una efectiva defensa de los derechos de los trabajadores, haciendo que la Audiencia Nacional reconozca que los firmantes se equivocaron en la defensa de nuestros intereses.
Muchas gracias compañeros.